Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1869-1871 (Cortes Constituyentes de 1869 a 1871)
Sesión: 29 de enero de 1870
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. Figueras
Número y páginas del Diario de Sesiones: 205, 5.308, 5.309
Tema: Elecciones municipales de Cádiz

El Sr. Ministro de ESTADO (Sagasta): Señores, ¿ es posible que los federales no me dejen en paz ni aun después de haberme trasladado al extranjero? Por lo visto no sólo es posible, sino que para esos señores es natural, y yo lo siento, porque después de las lanzas que hemos roto, tiempo era ya de que me dejaran descansar. Sin embargo, estoy siempre a tu disposición, y ya saben que nunca falto cuando se me llama al combate en este lugar.

Antes de entrar en el asunto principal, para el que he pedido la palabra, voy a ver si termino el incidente promovido a consecuencia de la muerte lamentable de nuestro antiguo compañero el Sr. Guillén. ¿Qué querían los señores federales que hiciera el gobierno en este asunto? ¿Había el Gobierno de acudir a los tribunales para que se instruyese un proceso en averiguación de si murió asesinado, como creen y han dicho algunos que no se merecen mucho crédito, por lo que luego diré, o si murió en buena lid en el combate? ¿Querían eso los federales? ¿Querían que el Gobierno hiciera una distinción, estableciera un privilegio para el Sr. Guillén, que no ha concedido nunca, que no debe ni puede conceder a ningún ciudadano? ¿Por qué razón el gobierno había de meterse a averiguar lo que había pasada con el Sr. Guillén, y no había de hacer lo propio en lo que pasado con los que como el Sr. Guillén y con el Sr. Guillén murieron en aquel sitio y en otras partes, en esa sublevación y en otras sublevaciones que aquí han ocurrido? Además, ¿qué había de hacer el Gobierno? ¿Había alguno que dudara de que el Sr. Guillén había sido muerto en buena lid? ¿Había alguno que creyera que para la muerte del Sr. Guillén se había cometido un crimen? Pues ahí están los tribunales, que el Gobierno nada tiene que hacer en esto.

Pero dice el Sr. Figueras: es lo que han denunciado: es que así se ha dicho en periódicos y en hojas que han visto la luz pública. ¡Ah, Sr. Figueras! ¿Quiénes lo han dicho? Lo han dicho desde el extranjero compañeros suyos, en un manifiesto que allí han dado. Es natural que esos compañeros no sepan cómo murió el Sr. Guillén, porque por lo visto no estaban donde el Sr. Guillén murió, y es posible que para disculpar y para razonar su ausencia del sitio en que el Sr. Guillén murió, vengan ahora diciendo lo que no saben, y suponiendo lo que no debieran suponer.

Pero además, señores, ¿Qué caso había de hace el Gobierno de una manifestación hecha por esos señores republicanos federales, cuando he traído yo manifestaciones firmadas por sus compañeros, y hasta esas firmas se han negado, y su contesto no se ha querido aceptar? Pues si vosotros no habéis dado valor a las manifestaciones de vuestros mismos compañeros que yo he traído aquí, ¿Cómo queréis que el Gobierno dé más valor a esas manifestaciones desautorizadas por los compañeros de quien las han hecho?

Por consiguiente, vosotros mismo habéis desautorizado las declaraciones de vuestros compañeros; vosotros mismo las habéis quitado su valor; vosotros mismos las habéis negado el crédito; y en esta parte, el Gobierno no puede ser más condescendiente ni más amable que vosotros, haciendo mayor caso a las manifestaciones de vuestros compañeros, cuando vosotros mismos no habéis querido reconocerlas. (Un Diputado de la minoría republicana: No es verdad.)

¿Qué no es verdad?¿Pues no he tirado yo aquí una manifestación firmada por compañeros vuestros, incluso el Sr. Salvany, y el mismo Sr. Salvany se ha levantado aquí a decir que no la había firmado? (Protestas en la izquierda: confusión.)[5.308]

El Sr. PRESIDENTE: Ruego a los Sres. Diputados que no interrumpan al orador.

El Sr. Ministro de ESTADO (Sagasta):Por eso, pues, el señor general Prim, el Presidente de Gabinete ha dicho bien al decir: " Mientras no se pruebe que el Sr. Guillén fue muerto de otra manera que en el combate y en buena lid, el que diga que fue asesinado es un calumniador."

El Sr. Ministro de ESTADO (Sagasta): Creo que no había motivo para incomodarse tanto, porque claro está que cuando alguien imputa a otro crimen, mientras no pruebe que lo ha cometido la persona a quien se imputa, está calumniada y aquel que se lo imputa es un calumniador. Por consiguiente, ¿para qué mostrarse incomodado y herido por lo que es lógico, natural y sencillo? (El señor Sorní pide la palabra.)

Resulta, pues, que no hay motivo de ningún género, que no hay razón de ninguna especia para creer que el Sr. Guillén no ha muerto en buena lid, de una manera honrosa y desgraciada para él, triste y lamentable para todos nosotros, y particularmente para mí, que tuve le gusto de conocerle en los primeros momentos de la revolución de la bahía de Cádiz. Pero yo sostengo aquí, en honra de los jefes militares, que mientras este asunto no se lleve a los tribunales, mientras allí no se justifique que el Sr. Guillén ha muerto de otro modo que en buena lid, todo el que lo contrario diga calumnia a esos jefes militares.

Y concluido este incidente, voy a contestar a la parte principal que me impulsó a pedir la palabra.

Ha insistido el Sr. Figueras hoy, y frecuentemente lo repiten los señores de enfrente, que la sublevación federal fue provocada por el Ministros de la Gobernación; que fue provocada por su circular, es decir, que fue provocada por una serie de medidas adoptadas por el que no era entonces Ministro de la Gobernación. Esto no es exacto; y cuando yo digo que no es exacto, puede y debe creerse que yo no he de hacer afirmaciones de este género por rehuir una responsabilidad que acepto desde ahora; pues por lo menos, si no tengo la responsabilidad material, tengo la responsabilidad moral, que acepto con mucho gusto. Y digo que acepto con gusto esta responsabilidad, porque si el Gobierno no provocó esa rebelión, mi opinión particular era que se provocase; y si mis compañeros hubieran opinado como yo, dos meses antes se hubiese dado la batalla. (El Sr. García López: ¡Qué Gobierno!)

El Sr. Ministro de ESTADO (Sagasta): Pues qué, ¿era posible vivir como se vivía? Era, señores, insoportable la palabra la situación por que venía atravesando este país. No había Gobierno posible, ni tranquilidad posible, ni bienestar posible para nadie con aquellas amenazas con aquellas provocaciones diarias, de que todos os acordaréis, en que un partido, creyéndose superior al Gobierno ya las Cortes Constituyentes, todos los días nos amenazaba con atacarnos, con darnos la batalla, con consejos a sus afiliados para que estuviesen preparados a la primera señal, con excitaciones al combate, en la seguridad de que iba a ser suya la victoria. Un día y otro estas provocaciones y amenazas estaban perturbando el país de una manera insufrible, hasta el punto de que las familias honradas abandonaban nuestro país por no poder soportar una situación tan deplorable como aquella. Pues en tal estado, el Gobierno debía adoptar medidas que acabaran con esas situación angustiosa, que era la muerte del país. Los pueblos tiene poco que temer de una gran batalla; pero en esas lucha diaria, en esa agonía permanente, en esas angustia constante que lo perturba, que lo maltrata todo, está su muerte.

Tuviera yo o no tuviera razón, es la verdad que la batalla no se provocó, y motivos había para provocarla; es la verdad que el Gobierno tuvo prudencia, que tuvo más calma y paciencia que, a mi entender, debió tener, y la batalla vino porque la provocasteis vosotros.

¡Qué mi circular provocó la batalla! Eso prueba el estado de exaltación y de angustia insoportable en que teníais el país cuando decís que una circular del Ministro de la Gobernación provocó esa batalla. ¿Sobre qué era la circular? ¡Por sólo recordar las leyes de antemano establecidas y sancionadas por los Cortes Constituyentes; sin más que determinar la manera como la Constitución del Estado entendía los derechos individuales, sin más que por eso se levantaron en armas los federales! ¡Ved, pues, en qué estado se encontraría el país cuando por una cosa semejante se levantaron en armas! ¿Pero qué decía aquella circular? ¿Se menoscababa algún derecho? ¿Cuál? Aquella referencia más que al derecho de reunión y de asociación. ¿Y de qué manera hacía referencia a esos derechos? ¿Cohibiéndolos? No: únicamente regulándolos tal y como los regula la Constitución del Estado; no hacía más que explanar la Constitución del Estado en la parte referente a los derechos individuales. ¿Qué reunión quedaba por esa circular prohibida? ¿Qué asociación quedaba prohibida? ¿Cuáles? Únicamente las malas asociaciones, las asociaciones y reuniones de los hombres políticos, cualesquiera que fueran sus opiniones, ¿dónde? ¿cuándo?¿en qué quedaron menoscabadas en los más mínimo por aquella circular? No, Sres. Diputados; no hay semejante cosa: lo que la circular prevenía era el abuso, no el uso de los derechos individuales, y el abuso está reprobado terminantemente por la opinión, y el abuso está prohibido también terminante mente por la Constitución. Pero supongamos por un momento que el ministro de la Gobernación hubiera sido tan insensato que hubiera puesto la mano en el arca santa de los derechos individuales consignados en la Constitución del Estado. ¿Es esa razón bastante para sublevarse, para levantarse en armas al día siguiente? ¡Desgraciado país el que tiene partidos que profesan doctrinas semejantes!

Yo he dicho aquí un día, discutiendo con los señores [5309] de enfrente, cómo se puede entender la fuerza del derecho y el derecho de la fuerza. Yo decía refiriéndome a ese casi particular. "Sres. Diputados, cuando todos los demás derechos individuales están a salvo, cuando esa circular a se refiera a ninguno de los consignados en la Constitución cuando la prensa es libre como en ningún país del mundo, cuando está abierta la tribuna, cuando por esas puertas pueden entrar libremente los Diputados constituyentes y discutir todo lo que sea discutible, y acusar al Gobierno si se extralimita en poco o en mucho, ¿se comprende, señores, la rebelión, porque un Ministro haya podido faltar a su deber por equivocación, con intención o sin ella?"

Señores, ¿qué teorías son estas? ¿dónde estamos? ¡Y a eso llaman el derecho de insurrección Pues qué, porque un Ministro haya faltado a su deber por equivocación voluntariamente, ¿hay derecho para excitar al pueblo a que se levante en armas y para considerar ese acto como un derecho sagrado? Sí yo había faltado como Ministro de la Gobernación, aquí estaban las Cortes; haber venido a ellas, haber presentado un voto de censura contra mí, las Cortes hubieran decidido si yo había faltado, o si vosotros os equivocabais. Y si no bastaba esto, si yo había faltado, si había conculcado las leyes, quebrantado la Constitución y pisoteado los derechos de los ciudadanos ahí estaban los tribunales: ellos me hubieran juzgado ellos hubieran dicho si os equivocabais vosotros o si yo había cumplido con mi deber.

Pero, señores, porque un Ministro se equivoque, o sin intención falte a uno de los derechos consignados en Constitución, levantarse en armas y venir a proclamar el derecho aquí, en las Cortes, para que la sepan todo los ciudadanos, para excitar más de lo que están excitadas las malas pasiones, eso, señores, no se puede oír con calma y es necesario protestar contra ello con toda la energía de que somos capaces. Y los que tal dicen, los que tales cosas proclaman, no son partidos políticos son partidos perturbadores; porque los partidos políticos deben ser partidos de gobierno, los partidos políticos son todos los que gobiernan el país, aunque estén en la oposición, que en la oposición también se contribuye a la gobernación del Estado.

Pero además, señores, ¿en qué he faltado en la circular? ¿Dónde están los derechos que conculqué? Porque aquí sobre los derechos individuales se han dicho muchas cosas, y ya dije en otra ocasión que estaba dispuesto a entrar en ese debate cuando se quisiera. Yo no he negado nunca que los derechos individuales en su esencia moral sea ilegislables, sean anteriores a toda legislación; pero de que los derechos individuales sean anteriores a toda ley, de que nazcan con el individuo, de que sean en este concepto ilegislables en su esencia moral, no se desprende no puede desprenderse (porque esto es contra la naturaleza de las cosas) que suceda lo mismo respecto del ejercicio de esos derechos individuales.

Y para mí esto es tan claro, tan evidente, que no sé cómo demostrarlo; porque me sucede con esto lo que m sucede con todas las cosas que son evidentes, lo que le sucede a todo el mundo con todo lo que es axiomático que cuanto más se explica, menos se comprende.

Todo el mundo tiene nociones claras y evidentes de lo que es la línea recta: pues bien, entramos en definiciones, en explicaciones y en detalles, y resultará que la claridad, la percepción clara que de la línea recta se tenía vendrá a convertirse primero en duda, después en vacilación, y por último, en ignorar lo que antes tan perfectamente se sabía.

Pues esto me sucede a mí en este caso; pero... " ¡ya lo creo! " dice el Sr. Figueras. Pues no lo debe creer S. S. en el sentido en que lo dice. Señores, a mí me pasma esa confesión que hay y esa manera de creer que el ejercicio de los derechos individuales es también ilegislable, es también imprescriptible: es una cosa que no comprendo, porque todo lo contrario es lo que sucede lo mismo en lo físico que en lo moral.

Supongamos por un momento que la tierra estuviera sola en el espacio: en tal caso es evidente que la tierra podría, dueña absoluta del espacio, moverse, girar, trasladarse en todos sentidos, con todas velocidades y de todos modos, sin que por eso la tierra tuviese que sufrir percance de ninguna especie; pero no está sola la tierra en el espacio, están también el sol, la luna, otros planetas, muchos planetas, infinitos cuerpos, que, considerados aisladamente como considerábamos a la tierra, tienen la absoluta libertad del movimiento, pueden girar en todos sentidos, con todas velocidades y de todos modos; y desde este momento, desde el momento en que la tierra y otros muchos cuerpos coexisten en el espacio, es imposible que la tierra tenga toda la libertad de movimiento que tenía antes cuando existía sola. Pues bien, señores: romped la órbita dentro de la cual cada uno de estos cuerpos gira, destruid o modificad la velocidad con que estos cuerpos se ponen en movimiento, haced desaparecer, en una palabra, la ley de la atracción universal que tiene a todos estos cuerpos sujetos en la esfera de acción que a cada uno corresponde, y chocándose unos contra otros en el espacio, caerán en pedazos al abismo y habrá sobrevenido el cataclismo universal.

Pues esto, Sres. Diputados, esto, que es claro y evidente como la luz para todo el mundo, esto que sucede con los cuerpos físicos del espacio, sucede con los individuos en la tierra, y no puede manos de suceder.

Suponed ahora a la tierra habitada por un solo hombre; es evidente que ese hombre puede moverse, correr y saltar, puede romper y rajar todo lo que quiera, y si a tanto llega su fuerza, puede aplastar la tierra bajo sus pies, dueño absoluto como es de ella; pero este hombre no existe solo en la tierra, con él existen otros hombres, muchos hombres, infinidad de hombres que tienen las mismas inclinaciones, los mismos o parecidos instintos, iguales o parecidas facultades, en una palabra, iguales derechos que el primer hombre que habitaba solo la tierra. Pues desde el momento en que esos hombres coexisten en la tierra, ya no puede ninguno de ellos disponer de ella como disponía el hombre que la habitaba solo; ya no pueden correr; ya no pueden saltar, romper, rajar, destrozar a su antojo; ya no puede ninguno de ellos aplastar bajo sus pies el globo terrestre, porque ya el globo terrestre no es de ninguno de ellos, es de todos. Para que todos puedan correr, saltar, gritar, romper, rajar, en una palabra, para que todos puedan poner en acción sus instintos, sus facultades, sus derechos, es necesario que no se estorben los unos a los otros; es necesario que establezcan una serie de transacciones, de limitaciones, y de convenios, que son los que constituyen la ley de la sociedad. Romped esa serie de limitaciones, de convenios y de transacciones que constituyen la manera de ser de los individuos en las relaciones de unos con otros, y los hombres, como los astros, chocarán entre sí, y vendrá, rompiéndose la ley de la atracción universal en que viven los individuos como los astros, el cataclismo social, y habrá desaparecido la sociedad.

Esto para mí es evidente, de toda evidencia; pero además lo estamos viendo todos los días y a todas horas [5310] no hay más sino que con esto sucede lo que con toda aquellas cosas que se están viendo desde que nacemos que precisamente son de las que nos damos menos detallada cuenta.

¿Hay un derecho más sagrado que el derecho de locomoción, que el derecho de andar? Pues se legisla sobra su ejercicio: un simple agente municipal le obliga a uno todos los días a ir por tal sitio, a volver por otro, a no pararse, a andar con determinada velocidad. ¿Qué sucede con ese derecho en las grandes agrupaciones, dónde se puede temer que el derecho de uno pueda ser obstáculo a derecho de los demás? Este derecho está legislado, regulado, normalizado en su práctica, en su ejercicio: por eso el Sr. Figueras habrá tenido que obedecer muchas veces a un simple agente municipal que le ha mandado ir en una dirección, volver en otra, no pararse, andar deprisa o despacio, y el Sr. Figueras, Diputado y todo como es con su autonomía federal y todo, habrá tenido que obedecer al agente municipal, porque si no lo hubiera pasado, muy mal.

Pero hay más: ¿está limitado solo ese derecho por el agente municipal y por las reglas de policía urbana? No está limitado además en su ejercicio por el usufructo de otros derechos: el Sr. Figueras puede andar, puede correr, puede ir y volver, puede hacer todo lo que quiera en ciertos y determinados sitios; pero S.S. no puede andar por donde quiera molestando a los demás o invadiendo lo que no sea de su propiedad. Y ahí tiene el Sr. Figueras limitado el derecho mío natural, el más sagrado de cuantos derechos puede tener un ciudadano.

Pero ¿qué digo del derecho de andar? ¿Hay un derecho mío sagrado, más atendible, más respetable, más ilegislable que el derecho a la vida? Pues este derecho está limitado como todos los demás. El Sr. Figueras habrá visto acaso alguna vez caer en la Calle exánime de hambre un padre de familia que ha dejado en su mísero albergue otros seres, exánimes también, tendidos en el pavimento; ese ciudadano cae desfallecido en la acera de ara calle, y a su lado tiene un escaparate lleno de sabrosos manjares: ¡desgraciado de él si rompe el cristal para coger los manjares, porque será condenado!

Ahí tiene el Sr. Figueras un derecho más grande, más respetable, más sagrado que el derecho de reunión, limitado por otro derecho respetable y sagrado, cual es el derecho de propiedad. EI Sr. Figueras quizás me diga que esto está mal arreglado, que el desgraciado hambriento debiera tener el derecho de romper el cristal y coger los manjares; pero si eso pudiera ser, crea el Sr. Figueras que estaría peor arreglada la sociedad: entonces, probablemente nos moriríamos todos de hambre, y no tendríamos cristales que romper para coger manjares.

¿Cómo, se viene, pues, aquí extrañando que se limita el ejercicio de los derechos, cuando no hay derecho natural que no esté en su ejercicio limitado? Y esa es la sociedad, señores. ¿acaso la sociedad es otra cosa que la limitación de los derechos de cada uno por el ejercicio de los derechos de todos?

Por consiguiente, Sres. Diputados, yo creo que los señores federales no tienen razón cuando en absoluto quieren dar por buena su teoría. Convengamos en que en su esencia moral, los derechos individuales son ilegislables y anteriores a las leyes, como los derechos naturales; pero que ni los unos ni los otros pueden ser absolutos en su ejercicio, porque lo absoluto en el ejercicio de los derechos de todos, seria la imposibilidad en el ejercicio del derecho de cada uno.

Y no hablemos más sobre esto: una vez esto sentado, la Constitución determina la limitación en el ejercicio de esos derechos; y yo no hice en mis circulares otra cosa que fijar las limitaciones que sirven para impedir el abuso, pero que dejan completamente libre el uso.

Conste, puso, que yo no provoqué en manera alguna la insurrección, que ésta la provocaron los señores federales, quienes la tenían preparada.

Y yo, como Gobierno, me avergonzaba de ver todos los días un partido desatentado, amenazando a los poderes públicos, creyéndose superior a ellos, sobreponiéndose también a las Cortes Constituyentes, y alarmando continuamente al país con luchas y batallas; yo me avergonzaba, como Gobierno, de ver ayuntamientos, que no lo eran de los pueblos, sino del partido republicano federal, en combinación con los clubs y con los pactos federales; yo me avergonzaba, como Gobierno, de ver Diputaciones provinciales que no lo eran de las provincias, sino del partido republicano federal, en combinación con los ayuntamientos republicanos federales, con los clubs y con los pactos federales; yo me avergonzaba, como Gobierno, de ver en el poder una fuerza armada, que no lo era de la Nación, sino una fuerza republicana federal en combinación con los ayuntamientos, con las Diputaciones provinciales, con los clubs y con los pactos federales; yo me avergonzaba, como Gobierno, de ver esa perturbadora organización enfrente siempre de los poderes públicos, formando un Estado contra el Estado sancionado por las Cortes Constituyentes, y que todos los días quería presentar la batalla al Gobierno; yo me avergonzaba, en fin, como Gobierno, de ver al país humillado, temeroso, perturbado, víctima diariamente de amenazas y conflictos, por un partido desatentado, que quería sobreponerse al Gobierno, a las leyes, a las Cortes Constituyentes y a todo el mundo.

Yo debí, por consiguiente, desbaratar esa organización; creí que estaba en el derecho de hacerlo; creí que no podía haber Milicias ciudadanas que no estuvieran dentro de la Constitución del Estado; yo creí que no podía haber más que ayuntamientos de los pueblos, Diputaciones de las provincias, pero no del partido republicano federal; yo creí que esa armazón no estaba dentro de la Constitución, y por eso me creí en el deber de desbaratarla; y como creí que al fin había de darse la batalla, creía conveniente anticiparla. Confieso, pues, que quise provocarla, no en otro sentido que para hacer cumplir y espetar las leyes. Pero mis compañeros, más tolerantes con S. SS. que yo... (El Sr. García López: Más sensatos.) no rechazo la palabra; no sé si más sensatos: yo no creí que era insensatez sacar al país de la perturbación moral en que estaba sumido.

Quizá haya sido más sensato lo que ha sucedido, pero yo, a fuerza de leal, declaro que quise desbaratar esa armazón mucho tiempo antes, y mis compañeros creyeron que podíamos continuar siendo todavía indulgentes por algún tiempo, para justificar más nuestro ulterior proceder.

Esperamos, pues, y el resultado de la espera ya lo vieron los Sres. Diputados en el triste suceso de Tarragona, en la actitud de las Milicias que se llamaban republicanos federales y en la conducta de las corporaciones populares que a este partido pertenecían.

Entonces el Ministro de la Gobernación (si en esto hay responsabilidad, yo la acepto, porque tengo el valor le mis convicciones) se creyó en el imprescindible deber la desbaratar de un golpe todo aquel armazón político que venía perturbando al país, y lo desbarató echando abajo los ayuntamientos, las Diputaciones y las fuerzas armadas republicanas; porque para mí aquellas no eran [5311] corporaciones populares ni legales, sino cuerpos conspiradores, clubs de distintos nombres, todo en combinación para una conspiración que estalló en su día, y que hubiera estallado con más fuerza si el Ministro de la Gobernación, por medio del telégrafo, no se hubiera adelantado a destruir sus principales y más fuertes elementos. Con esto creo que el Gobierno prestó un gran servicio al país y a al libertad, pues de no haberos atajado el paso en vuestro fatal camino, habríais perdido al país después de haber matado la libertad.



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